Abogados de derecho constitucional en Quito

Defensa de sus derechos fundamentales

Representamos a personas y organizaciones cuando una autoridad o un particular vulnera sus derechos constitucionales. Elegimos la garantía adecuada a cada caso y la llevamos hasta la Corte Constitucional si hace falta.

Qué hacemos por usted

  • Acción de protección
  • Hábeas data
  • Acción de acceso a la información pública
  • Medidas cautelares autónomas y conjuntas
  • Acción extraordinaria de protección (EP)

Preguntas frecuentes

Respuestas claras a las inquietudes más comunes sobre garantías constitucionales y defensa de derechos en el Ecuador.

¿Cuándo procede una acción de protección?

Cuando un acto u omisión de una autoridad pública —o de un particular, en ciertos casos— vulnera un derecho constitucional y no existe otra vía judicial adecuada y eficaz para protegerlo.

¿Qué diferencia hay entre una medida cautelar y una acción de protección?

La medida cautelar busca evitar o detener de inmediato una vulneración que es inminente o grave; la acción de protección declara la vulneración y ordena su reparación integral. Pueden presentarse juntas o por separado.

¿Puedo presentar una acción extraordinaria de protección contra una sentencia?

Sí, ante la Corte Constitucional, contra sentencias o autos definitivos que vulneren derechos constitucionales, una vez agotados los recursos ordinarios y extraordinarios.

¿Cree que se vulneraron sus derechos?

Revisamos su caso y le indicamos qué garantía jurisdiccional corresponde y con qué urgencia actuar.